Remesas al Exterior
Grupo # 5
PREGUNTAS
Nombre: Shanira Silva
Cédula: 8-915-1360
1- ¿Qué son las remesas al exterior?
Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.
Base legal: Artículo 733 del C.F.
2- ¿Quiénes están obligados a retener este impuesto?
Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.
Base Legal: Ley 6 de 2 de febrero de 2005. Decreto Ejecutivo Reglamentario No.170 de 27 de octubre de 1993, modificado por el Decreto Ejecutivo 143 de 27 de octubre de 2005.
NIDIA SALAS
8-841-571
Leyes que regulan las remesas al exterior
1- Qué ley regula las remesas al exterior
Durante este año 2015, el Gobierno de la República de Panamá ha dictado dos
disposiciones legales (Ley 27 de 2015 y Decreto Ejecutivo 263 de 2015) dándole plena vigencia a nuevas reformas al tratamiento fiscal de las remesas al exterior contenidas en el Código Fiscal y el Decreto Ejecutivo 170 de 1993, reglamentarios del impuesto sobre la renta (en su conjunto las “Disposiciones”).
2- Que regula dicha ley
En relación a las remesas al exterior, las Disposiciones modifican lo concerniente a los ingresos gravables producidos dentro del territorio panameño, por lo que producto de esta reforma se adiciona en el Literal E, Parágrafo 1 del Art. 694 y Literal K del Art. 733 estableciendo como ingreso gravable y por ende, sujeto a retención, los ingresos de fuente panameña recibidos por una persona no residente en la República de Panamá, pagados o acreditados por:
· Instituciones públicas.
· No contribuyentes del impuesto sobre la renta.
· Contribuyentes que se encuentren en pérdida.
Nombre: Yaksuri Piraza
Cédula: 8-889-1537
1.¿Cuáles son los tipos de remesas?
A nivel bancario, se suele hablar de dos tipos de remesas:
1.Simple: estas son las que permiten el envío de pagarés o letras de cambios, entre otros, con el claro objetivo de poder liquidar una compraventa que se ha realizado teniendo como objeto cualquier tipo de mercancía. En concreto, sirven para que el exportador a través del correspondiente documento financiero, consiga que su banco proceda a gestionar el cobro de la citada compraventa.
2.Documentarias : estas remesas son aquellas en las que lo que se procede a enviar son los documentos comerciales que tienen que ver con la mercancía de compraventa.
2.¿Cómo funcionan las remesas?
Una remesas financiera es una transferencia monetaria privada por parte de una persona en el extranjero hacia otra en su país de origen.
Nombre: Eymi Rodríguez
Cédula: 8-895-2008
1.¿Cuál es la alícuota que se aplica a las remesas?
Se le aplica la tarifa vigente al 50% de la suma retenida.
Base legal: las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del código fiscal según sea el caso. Es decir, la tasa vigente a partir del 1 de enero de 2011 27.5% y siguientes 25%.
2.¿Cuál es el plazo que se tiene para retener y pagar la remesa?
Se tiene un plazo de 10 días siguientes a la fecha de la retención.
Nombre: Yelime Villarreal
Cédula: 8-958-15
1.¿Si una persona natural o jurídica contribuyente decide no tomar como gasto deducible los montos remesados a un beneficiario en el exterior ?
Si no lo registra en su declaración jurada como un gasto deducible, no está en la obligación de hacer la retención sobre las sumas remitidas.
2.¿La distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, estarán sujetas a retención de acuerdo con los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, cuando se paguen a cuenta de beneficiarios radicados en el exterior.
De acuerdo con el artículo 733 del Código Fiscal, las personas jurídicas que deban remitir a una persona natural o jurídica no residente en la República de Panamá, sumas provenientes de rentas de cualquier clase producidas en territorio panameño, deben efectuar la retención sobre el 100% de la suma a ser remitida, aplicando para ello las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, según se trate de personas naturales o jurídicas. No obstante, esta misma norma establece una excepción en cuanto a la forma que deberán pagar el impuesto sobre la renta aquellas personas reciban dividendos o utilidades de personas jurídicas establecidas en Panamá.
Nilsa Rodríguez
8-1000-755
1- Cuales son las recomendaciones para llenar el formulario
• Llenar el formulario a máquina o con letra imprenta.
• No efectuar enmendaduras, perforaciones o alteraciones en el formulario que lo hagan ilegible.
• Presentar en las Administraciones Provinciales de Ingresos, 10 días siguientes a la fecha de haberse efectuado el pago o acreditamiento, lo que ocurra primero.
• Efectué el pago en las entidades recaudadoras autorizadas.
2- Quienes son las personas que llenan tal formulario
R: toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña.
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